17 de Diciembre del 2014 | Editorial Metroscubicos
Por Regina Reyes-Heroles C
Si quieres hacer deducibles los intereses reales de tu crédito hipotecario, tienes hasta el 31 de diciembre para dar aviso a tu empresa de que vas a hacer tu declaración anual de impuestos, explica Adrián Urbina, profesor titular de la materia de impuestos para personas físicas del ITAM.
Si trabajas en una empresa como asalariado y ganas menos de 400,000 pesos anuales la declaración anual la hace la empresa por ti. Sin embargo, si quieres hacer deducibles algunos gastos personales, como los intereses de tu hipoteca, deberás dar el aviso al área de Recursos Humanos antes de la fecha mencionada. La carta que entregues, explica Urbina, debe ser sencilla y hacer la petición para que la empresa no haga el cálculo anual.
Cuánto puedes deducir
Todos los años en que esté vigente tu crédito hipotecario puedes hacer deducible los intereses reales devengados y efectivamente pagados siempre y cuando no exceda el equivalente a un crédito de 750,000 unidades de inversión (udis). Esto es más o menos un crédito de 3.75 millones de pesos.
Ahora, explica Uribe, si tu crédito es mayor a este monto, harás deducible los intereses pagados lo correspondiente hasta ese monto. Por ejemplo, si tienes un crédito de 7 millones de pesos, entonces podrás hacer deducibles aproximadamente la mitad de los intereses reales devengados de tu hipoteca.
Los intereses reales de la hipoteca también están sujetos a un límite de deducciones. Es decir, tú como contribuyente sólo puedes deducir intereses si ese monto, más otras posibles deducciones personales como gastos médicos o funerarios, no superan 10% de tu ingreso anual, o cuatro salarios mínimos elevados al año, que son, aproximadamente 98,248 pesos, explica Uribe.
Pasos a seguir
Ya que has entregado la carta a tu empresa, en el departamento de Recursos Humanos, debes esperar a que la institución financiera con la que tienes tu crédito hipotecario te envíe una constancia en la que aparecen los importes sumados de las deducciones a las que tienes derecho. Estos datos también los puedes ver en tu estado de cuenta.
Si para marzo del siguiente año no te ha llegado la constancia, habla por teléfono a los números de información de tu crédito y solicítalo o ve personalmente a la institución financiera. Recuerda que debes guardar siempre tus estados de cuenta y todo documento que te llegue relacionado con el mismo.
Si tienes un crédito Infonavit puedes descargar la constancia en su sitio web. Ya en abril puedes hacer tú solo tu declaración anual en línea en el portal del SAT. Si no tienes otros ingresos más que el de tu empresa, en 90% de los casos, dice Uribe, podrás sin complicación llenar el formato en línea y presentarla sin ayuda.
Si tienes dudas o no te sientes seguro llenando el formato solo, pide ayuda en el SAT, puedes sacar una cita, o busca a un contador.